Sucesiones Intestamentarias
La sucesión intestamentaria la podemos entender como el medio por el cual una persona toma posesión sobre los bienes de alguien que ha fallecido sin haber hecho con anterioridad un testamento.
Este tipo de sucesión es posible clasificarla en:
Judicial: Se llega a la repartición de bienes para los herederos mediante un juez.
Extrajudicial: Se llega a la repartición de bienes para los herederos por medio de una notaría pública. Los
herederos son quienes reciben los bienes de una persona cuando muere, siguiendo las disposiciones señaladas
en un testamento.
¿En qué casos aplica la sucesión intestamentaria?
Cuando una persona fallece sin haber dejado testamento. Si la persona que falleció no dispuso en su testamento de todos sus bienes. En caso de existir un testamento, si el heredero no acepta la herencia, el testamento pierde su validez y es necesario un proceso sucesorio intestamentario. Para iniciar este proceso, la ley contempla quiénes son las personas que tienen derecho a heredar los bienes de quien ha fallecido. Estos pueden ser: Ascendientes (padres) Descendientes (hijos) Cónyuge (esposa/o) Concubino o Concubina (haber vivido juntos, sin estar casados) A falta de los anteriores, la beneficencia pública.
¿Cuáles son los requisitos para realizar este trámite?
Acta de defunción certificada. Actas de nacimiento o matrimonio que demuestren el parentesco con la persona fallecida (también certificadas) Dos testigos que hayan conocido al difunto y puedan confirmar quiénes son los herederos. Una vez reunidos estos requisitos, los herederos deberán asignar un albacea.