Adjudicaciones por herencia

Una vez que fallece alguna persona que tiene propiedades (terreno, casa habitación, vivienda, departamento, local comercial, bodega, nave industrial de entre otros), se debe iniciar con la sucesión testamentaria (con testamento) o sucesión intestamentaria (sin testamento), de tal manera que una vez que se reconozcan a los herederos y se nombre al albacea, se debe continuar con la presentación del inventario y avalúo y se concluye con el trámite de adjudicación de los bienes que dejó la persona, que consiste en la escrituración de la transmisión de la propiedad o propiedades a favor de los herederos.

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